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Cuota Actualizado sep. 2026

Tarifa plana de autónomos: requisitos, cuánto dura y cómo pedirla

Quién tiene derecho a la cuota reducida, cuánto se paga, cómo se prorroga el segundo año y los cuatro errores que hacen perder la bonificación.

En esta guía

La tarifa plana es la mejor ayuda que existe para empezar por cuenta propia en España: te permite pagar una cuota fija reducida en lugar de la cuota por tramos durante los primeros meses. Y es también una de las cosas que más gente pide sin tener derecho, o que teniéndolo, pierde por un descuido administrativo.

Vamos a dejarlo claro.

#Cuánto se paga exactamente

Durante el periodo bonificado pagas una cuota única fija, independientemente de lo que factures. Es decir: el sistema de tramos por ingresos reales no se te aplica mientras dure la bonificación.

Puedes ver la cifra vigente y compararla con lo que pagarías sin la bonificación en la calculadora:

¿Cuánto voy a pagar de cuota?

Desde 2023 la cuota depende de tus rendimientos netos reales, no de la base que elijas libremente. Pon lo que te queda al mes después de gastos.

€ / mes

Ingresos menos gastos deducibles, dividido entre 12. Si aún no lo sabes, usa tu beneficio estimado del año entre doce.

Dentro de tu tramo puedes elegir. La mínima te deja más dinero cada mes; la máxima sube tu base reguladora para la jubilación y las prestaciones.

Cuota mensual
Total en el año

Tu tramo

Base aplicada

Rango del tramo

Tipo total

Desglose de tu cuota por concepto

Cálculo orientativo sobre las tablas oficiales de cotización. No incluye bonificaciones distintas de la tarifa plana ni situaciones especiales (pluriactividad, autónomos societarios, colaboradores familiares).

Marca la casilla de tarifa plana y luego desmárcala: la diferencia que ves es, literalmente, el valor de esta ayuda para tu caso. En muchos perfiles supera los 1.500 € el primer año.

#Los requisitos, uno a uno

Para tener derecho tienes que cumplir todos estos:

1. Ser alta inicial o no haber estado de alta en los 2 años anteriores. Se cuentan 2 años naturales inmediatamente anteriores a la fecha de efectos del alta. Si ya te beneficiaste antes de la tarifa plana, el plazo sube a 3 años.

2. No ser autónomo colaborador. Los familiares colaboradores tienen su propia bonificación, distinta de esta.

3. No tener deudas pendientes con la Seguridad Social ni con Hacienda en el momento del alta.

4. Solicitarla. Y aquí viene el detalle que cuesta dinero.

Si estás en ese momento, sigue el alta de autónomo paso a paso, donde señalamos exactamente dónde se marca.

#La prórroga del segundo año: la condición que cambia todo

Los primeros 12 meses son incondicionales: si tienes derecho, los tienes.

Los 12 meses siguientes son otra historia. Solo se prorroga la cuota reducida si tus rendimientos netos del primer año han sido inferiores al salario mínimo interprofesional anual.

Esto tiene una consecuencia estratégica que casi nadie te explica: si tu primer año va bien y superas ese umbral, el segundo año pasas a cuota normal por tramos. El salto puede ser considerable.

Y otra consecuencia menos obvia: la prórroga también hay que solicitarla, antes de que termine el primer periodo.

#Casos especiales con mejores condiciones

Algunos perfiles tienen periodos más largos o condiciones ampliadas:

  • Personas con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo tienen periodos de bonificación notablemente más largos.
  • Mujeres que se reincorporan tras el cese por maternidad, adopción, guarda, acogimiento o tutela, dentro de los dos años siguientes al cese.
  • Autónomos en municipios de menos de 5.000 habitantes, que pueden acceder a una ampliación del periodo si mantienen el alta y el domicilio fiscal en el municipio.

Si encajas en alguno, revisa las condiciones concretas: la diferencia frente al régimen general puede ser de miles de euros.

#Los cuatro errores que hacen perder la tarifa plana

1. No marcarla en el alta. Ya lo hemos dicho, y lo repetimos porque es el 80 % de los casos.

2. Darse de baja y de alta pensando que se reinicia. No funciona así. Los periodos consumidos no se recuperan, y si vuelves antes del plazo de carencia no tienes derecho de nuevo.

3. Tener una deuda pequeña olvidada. Una liquidación de 40 € de un ejercicio antiguo puede tumbarte la solicitud. Comprueba tu situación en la Seguridad Social y en Hacienda antes de darte de alta.

4. Ser autónomo societario y asumir que aplica igual. Los administradores de sociedades han tenido un tratamiento históricamente conflictivo en esta bonificación, con jurisprudencia que ha ido cambiando. Si es tu caso, no lo asumas: consúltalo. Y si aún estás decidiendo la forma jurídica, mira la comparación de autónomo o sociedad limitada.

#¿Compensa darse de alta solo para aprovecharla?

No. Y merece decirlo porque circula como consejo.

La tarifa plana reduce un coste, no crea un negocio. Si te das de alta sin actividad real para "no perder" la bonificación, lo que consigues es consumir los 12 meses de ayuda justo cuando no los necesitas, y llegar a cuota completa exactamente cuando empiezas a trabajar de verdad.

La bonificación es un colchón para los meses en los que tu actividad todavía no cubre sus costes. Úsala entonces.

#Preguntas frecuentes

#¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo hace años?

Sí, si han pasado al menos 2 años naturales desde tu última baja en el RETA. Si en aquella etapa ya disfrutaste de la tarifa plana, el plazo que debe haber transcurrido es de 3 años.

#¿La tarifa plana cubre también las contingencias profesionales?

Sí. La cuota reducida es una cuota única que incluye las coberturas del RETA, aunque calculada de forma distinta a la cuota ordinaria por tramos. El desglose por conceptos que ves en la guía de cuota de autónomos se aplica a la cuota normal, no a la reducida.

#Si supero el salario mínimo el primer año, ¿pierdo también los 12 meses iniciales?

No. Los primeros 12 meses son incondicionales. Lo que pierdes es la prórroga: a partir del mes 13 pasas a cotizar por tramos según tus rendimientos.

#¿Tengo que presentar algo para la prórroga?

Sí, hay que solicitarla y acreditar que tus rendimientos han estado por debajo del umbral. No se concede de oficio. Ponte un recordatorio dos meses antes de que termine el primer periodo.

#¿La cuota reducida es deducible en el IRPF?

Sí, como cualquier cuota al RETA. Es gasto deducible de tus rendimientos de actividad económica, igual que explicamos en la guía de gastos deducibles.

#¿Puedo tener tarifa plana y estar también trabajando por cuenta ajena?

La pluriactividad tiene su propio régimen de reducciones, y compatibilizarlo con la tarifa plana no siempre es posible ni ventajoso. En pluriactividad además puedes tener derecho a devolución de cotizaciones, así que este es un caso en el que consultar con un asesor sale rentable.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo hace años?
Sí, si han pasado al menos 2 años naturales desde tu última baja en el RETA. Si en aquella etapa ya disfrutaste de la tarifa plana, el plazo que debe haber transcurrido es de 3 años.
¿La tarifa plana cubre también las contingencias profesionales?
Sí. La cuota reducida es una cuota única que incluye las coberturas del RETA, aunque calculada de forma distinta a la cuota ordinaria por tramos. El desglose por conceptos que ves en la guía de cuota de autónomos se aplica a la cuota normal, no a la reducida.
Si supero el salario mínimo el primer año, ¿pierdo también los 12 meses iniciales?
No. Los primeros 12 meses son incondicionales. Lo que pierdes es la prórroga: a partir del mes 13 pasas a cotizar por tramos según tus rendimientos.
¿Tengo que presentar algo para la prórroga?
Sí, hay que solicitarla y acreditar que tus rendimientos han estado por debajo del umbral. No se concede de oficio. Ponte un recordatorio dos meses antes de que termine el primer periodo.
¿La cuota reducida es deducible en el IRPF?
Sí, como cualquier cuota al RETA. Es gasto deducible de tus rendimientos de actividad económica, igual que explicamos en la guía de gastos deducibles.
¿Puedo tener tarifa plana y estar también trabajando por cuenta ajena?
La pluriactividad tiene su propio régimen de reducciones, y compatibilizarlo con la tarifa plana no siempre es posible ni ventajoso. En pluriactividad además puedes tener derecho a devolución de cotizaciones, así que este es un caso en el que consultar con un asesor sale rentable.

Fuentes oficiales consultadas

  • Seguridad Social — Beneficios en la cotización para trabajadores autónomos
  • Real Decreto-ley 13/2022, sobre el nuevo sistema de cotización
  • Ley 20/2007 del Estatuto del trabajo autónomo